Las decisiones relativas a la estructura apropiada de un fideicomiso discrecional se pueden dividir en tres categorías: síndico; poderdante; y beneficiarios.
Fideicomisario
Un fideicomiso debe tener un fiduciario corporativo (que sólo actúa como fiduciario del fideicomiso y no en cualquier otra capacidad), una persona que está en riesgo de quiebra debe o no ser consejero del fiduciario corporativo o debería ser uno de cada dos o más directores y deben o no poseer acciones en el administrador corporativo o solamente tener un pequeño porcentaje / interés (por ejemplo, menos del 10%).
Poderdante
La elección del poderdante y la redacción de la cláusula haya nombrado en el contrato de fideicomiso deben ser considerados cuidadosamente. Es evidente que una persona en riesgo de bancarrota debe o no ser un poderdante del fideicomiso o debería ser uno de los dos o más appointors que deben tomar decisiones por unanimidad. Además, el hecho de confianza podría disponer que si un poderdante comete un acto de bancarrota entonces esa persona deja de ser nombrado.
Beneficiarios
Los activos de un fideicomiso discrecional son generalmente protegidos de reclamaciones de los acreedores de un beneficiario en bancarrota como el fiduciario de un fideicomiso discrecional es el propietario legal de los activos. Los beneficiarios de un fideicomiso discrecional reciben distribuciones de confianza según lo determinado por el fiduciario, lo que significa que si un beneficiario está en bancarrota el síndico de la quiebra no puede obligar al mandatario a ejercer su discreción a favor del beneficiario en bancarrota.
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Sin embargo, hay excepciones a la regla general.
En primer lugar, si un beneficiario quiebra es un ingreso por defecto o beneficiario capital de un fideicomiso discrecional, entonces el beneficiario (y, por tanto, síndico del beneficiario en caso de quiebra) pueden tener un interés en los activos del fideicomiso. Esto se puede evitar fácilmente mediante la eliminación de los beneficiarios por defecto de la escritura de fideicomiso.
En segundo lugar, cualquier monto adeudado a un beneficiario en quiebra por un fideicomiso (por ejemplo, distribuciones de fideicomisos pendientes de pago o préstamos del beneficiario al fideicomiso) será titular en el síndico de la quiebra y una demanda de reembolso inmediato pueden ser hechas.
En tercer lugar, si un beneficiario en bancarrota hace regalos a un fideicomiso (por ejemplo, bienes o dinero), entonces esos dones pueden arañaron la espalda por el síndico de la quiebra conforme a los artículos 120 y / o 121 de la Ley Concursal de 1996.
En cuarto lugar, si existe un patrón o de la historia de las distribuciones de un fideicomiso a un beneficiario y esas distribuciones se extinguen al beneficiario convertirse en quiebra, entonces el síndico de la quiebra puede iniciar un procedimiento contra el fiduciario en base a que el fiduciario no ha podido ejercer su control considerar todos los beneficiarios y, en consecuencia buscan tener el fiduciario reemplazado.
Dados los problemas identificados anteriormente, las cláusulas de beneficiarios por defecto deben ser retirados de una escritura de fideicomiso (a menos que existan razones de peso para incluir a ellos) y la escritura de fideicomiso deben incluir una amplia clase de beneficiarios, cada uno de los cuales no deben recibir distribuciones de la confianza que demuestran un patrón de distribución o el beneficio de una proporción del ingreso comprobable confianza.
Algunos consejos para la protección de los activos del fideicomiso de la bancarrota
Si usted tiene un fideicomiso discrecional ...
La siguiente estructura debe reducir al mínimo el riesgo de que los activos mantenidos en un fideicomiso discrecional estarán expuestos a las reclamaciones de los acreedores:
La confianza debe tener un fiduciario corporativo, que sólo actúa como fiduciario del fideicomiso y no en ningún otro concepto.
Usted debe o no ser un director del fiduciario corporativo o debería ser uno de dos o más directores. Por ejemplo, los directores podrían ser usted y su cónyuge (u otro familiar) y / o un asesor profesional (por ejemplo, su contador o abogado).
Usted debe, o bien no es dueño de acciones en el fiduciario corporativo o si lo hace, entonces sólo debe ser un porcentaje pequeño / interés (por ejemplo, menos del 10%).
Usted debe o no ser un poderdante del fideicomiso o si usted es entonces usted debe ser uno de dos o más appointors que deben tomar decisiones por unanimidad. Por ejemplo, los appointors podría ser usted y su cónyuge (u otro familiar) y / o un asesor profesional (por ejemplo, su contador o abogado).
Usted no debe ser un beneficiario de capital ingreso por defecto o por defecto del fideicomiso.
Debe ser uno de un número de beneficiarios de una clase sin restricciones y no debe recibir distribuciones de la confianza que demuestran un patrón de distribución o el beneficio de una proporción comprobable de ingresos.
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