Si su propiedad y su vecino no están separados por una cerca adecuada, puede requerir su vecino para contribuir la mitad del costo de la construcción de valerse de una adecuada. Esta regla general y el procedimiento para hacer esto se encuentran en el ACT ESGRIMA 1978.
¿Qué es una "valla adecuada"?
Una valla es "adecuada" bajo la Ley de ESGRIMA 1978 si su naturaleza, condición y estado de conservación es razonablemente satisfactoria para el propósito al que sirve o tiene la intención de servir. El segundo anexo de la Ley establece algunos tipos de muestras de cercas para propiedades urbanas y rurales.
En primer lugar, notificar a su vecino
Si usted ha decidido que una valla es necesaria y que usted quiere que su vecino para contribuir al costo, debe servir de aviso en el vecino. El aviso debe indicar:
el límite por el que el trabajo que se debe hacer
el trabajo que se lleva a cabo (la naturaleza de la obra y los materiales a utilizar)
las consecuencias si el vecino no contesta (ver más abajo)
una estimación del costo de la obra
Directrices sobre la forma y contenido de la convocatoria se encuentran en la primera lista de la ACT ESGRIMA 1978.
¿Qué puede hacer el vecino después de recibir el aviso?
El vecino tiene entonces 21 días para hacer una de las siguientes:
confirmar que él o ella aportará la mitad del costo de la cerca, o
discute su propuesta al servir un aviso cruz sobre ti (esto establece objeciones y hace contrapropuestas)
Si el vecino no responde dentro de los 21 días, la ley trata al prójimo como haber aceptado la propuesta.
Directrices sobre la forma y el contenido de la cruz-aviso están contenidas en la Primera Lista de la Ley ESGRIMA 1978.
¿Cómo puedo resolver una disputa con mi prójimo?
Si usted y su vecino no pueden ponerse de acuerdo sobre una propuesta de una valla, la controversia podrá ser resuelta a través de las Disputas Tribunal (para cantidades disputadas hasta $ 7,500) o el Tribunal de Distrito.
¿Qué pasa si se requiere trabajo inmediato?
Si una cerca está dañada o destruida y requiere un trabajo inmediato, ya sea usted o su vecino puede hacer el trabajo y recuperar la mitad del costo de la otra.
¿Qué pasa con la natación vallas de la piscina?
Si usted está obligado a construir una cerca bajo la ESGRIMA DE PISCINAS Ley de 1987, el trabajo extra que se requiere por esa Ley por encima de lo que de otro modo por el requerido es su responsabilidad como propietario de la piscina.
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