Una empresa tiene un amplio margen de apreciación en cuanto a lo que puede incluir en su constitución. La Ley de Sociedades 1993 dice que una constitución de empresas puede contener materias contempladas por la Ley para su inclusión, o cualquier otro asunto que la empresa desea incluir.
Sin embargo, en los intereses de la empresa y quienes participan en ella, es muy recomendable que el acuerdo con la constitución de los derechos, poderes y obligaciones de todas las personas involucradas en la empresa, y que establece pautas claras en cuanto a qué conducta y comportamiento que es aceptable y lo que es inaceptable.
La Constitución no puede extender la capacidad jurídica, los derechos, poderes y privilegios que la compañía de otra manera tendrían â € "sólo puede restringirlos.
Una de las ventajas de tener una constitución es que hay una serie de características que son permisibles en una constitución que no se encuentran en la Ley.
Para ayor ayuda e información puede visitar la web de Israel Lublinerman en Uruguay.
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